En la situación actual ¿Qué pasa con los ERTES?
La reapertura de las actividades nos podrá permitir ir incorporando a parte de la plantilla a la actividad en función de las evoluciones concretas, pero manteniendo las condiciones del ERTE por fuerza mayor.
Asi, en la medida en que se vaya retomando la actividad progresivamente, se irá activando nuevamente a los trabajadores incluidos en los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo, incorporándolos de forma progresiva conforme vaya retomando su actividad o finalizando el ERTE directamente. Igualmente será posible alterar la medida suspensiva inicialmente planteada y facilitar el transito hacia las reducciones de jornada, que suponen un menor impacto económico sobre la persona trabajadora y permitirán atender a la paulatinamente creciente oferta y demanda de productos y servicios de las empresas.
La empresa, en el momento en que se conozca en firme la reincorporación de la persona o personas trabajadoras o de la totalidad de la plantilla deberán comunicarlo, tanto al SEPE como a la autoridad laboral.
Al igual que ocurre con los tramites para realizar el ERTE, será la empresa la encargada de comunicar el fin del ERTE. Los trabajadores no tendrán que realizar ninguna gestión ante el SEPE.
Se comunicará la baja de la prestación de los trabajadores afectados por ERTE que se vayan incorporando a la actividad, o bien la baja de la prestación de todos los trabajadores afectos por ERTE por finalización de las medidas temporales
Las bajas de un mes deben comunicarse al SEPE antes del día 25 de ese mismo mes para que no se generen pagos indebidos a los trabajadores ya en activo
Del mismo modo, se deberá comunicar la reincorporación el trabajador@s o fin de ERTE a la Tesorería General de la Seguridad Social, ya que mientras la empresa se encuentra en período de suspensión de contratos o reducción de jornada, se está dando la exoneración en pago de las cuotas empresariales a la Seguridad Social, por lo que hay que notificar las variaciones que se produzcan en los trabajador@s.
Se desconoce aún el futuro inmediato de los ERTEs una vez finalice el estado de alarma, ya que el Gobierno no ha aprobado la extensión de los efectos del ERTE por fuerza mayor mas allá del levantamiento del estado de alarma. Lo único seguro hasta el momento es que los ERTEs por causas de fuerza mayor en esta crisis del COVID-19 tienen su vigencia limitada al estado de alarma. Por tanto, hoy por hoy, si se levantara el estado de alarma las empresas deberían, bien incorporar a sus trabajadores en las mismas condiciones en que estaban, bien solicitar un nuevo ERTE con otras condiciones que no atenderían a la excepcionalidad del estado de alarma.
Habrá que esperar a ver que sucede!